
PROGRAMA DE FACILIDADES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS (FCT) DE INTERÉS ESTRATÉGICO E INTERINSTITUCIONAL
BASES PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS DE FACILIDADES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS (FCT) DE INTERÉS ESTRATÉGICO E INTERINSTITUCIONAL
La SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA (SACT) del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (MINCyT), establece las
Bases para la presentación de proyectos de “Facilidades Científicas y Tecnológicas (FCT) de Interés Estratégico e Interinstitucional”.
1. OBJETIVOS
El objetivo de la convocatoria es poner disposición de la comunidad científico- tecnológica, facilidades de carácter único o excepcional en su género, que requieran de costes de inversión muy elevados y cuya importancia y carácter estratégico para el desarrollo regional o nacional justifica su disponibilidad para todo el colectivo de SNCTI.
1.1 Objetivos específicos:
- Generar un salto cualitativo del SNCTI a través de la ejecución de proyectos de destinados al diseño, construcción e instalación de una FCT o la actualización (upgrade) de una FCT operativa.
- Impulsar la investigación de excelencia en áreas estratégicas de interés nacional.
- Optimizar el uso y desarrollo de las facilidades científico-tecnológicas.
- Potenciar la transferencia de tecnología y conocimiento.
- Incrementar la competitividad y facilitar el acceso a las facilidades experimentales por parte de la comunidad científica para la realización de proyectos de investigación y la formación en nuevas tecnologías.
- Posibilitar el acceso a capacidades científico-tecnológicas de alta complejidad al sector socio-productivo público y privado, para la realización de actividades de investigación y desarrollo.
- Fomentar la federalización del SNCTI, tendiendo al fortalecimiento y distribución equitativa de las capacidades científico-tecnológicas en el territorio nacional.
1.2 Definición:
Se entiende por Facilidades científicas y tecnológicas (FCT) a las grandes instalaciones, facilidades e infraestructuras complejas que permitan estudiar, observar,
analizar e interpretar fenómenos de interés estratégico a nivel nacional y que presenten una dinámica interinstitucional.
Pueden estar conformadas por un único equipo o sistemas de equipos necesarios para desarrollar investigación de vanguardia y de máxima calidad, así como para la transmisión, intercambio y preservación del conocimiento, la transferencia de tecnología, el fomento de la innovación y la dinamización de las comunidades y disciplinas científicas, a nivel regional y nacional.
1.3 Características:
- Carácter singular y estratégico: una FCT es una infraestructura singular, una herramienta de vanguardia única en el país por su contenido y sus prestaciones, abierta a todo el sistema de I+D+i de nuestro país, avanzada científica y tecnológicamente, imprescindible para realizar determinadas investigaciones y/o desarrollos tecnológicos.
- Inversión: comporta un coste de inversión en infraestructura científica y tecnológica elevado en su construcción, actualización y mejora, así como también en su mantenimiento y explotación.
- Acceso abierto: deben aplicar una política de acceso abierto competitivo a la comunidad científico-tecnológica. Debe existir demanda demostrable y proporcionada de uso o acceso por parte de la comunidad nacional e internacional.
- Consejo Asesor Científico-Técnico: en general, salvo que la naturaleza específica de la infraestructura lo desaconseje, las actividades científico-tecnológicas y las estrategias de las FCT deben estar asesoradas por un Comité Asesor Científico y Técnico.
- Gestión: contarán con esquemas de gestión a cargo de las instituciones solicitantes de acuerdo con sus características específicas, particularmente en lo relativo a las infraestructuras y servicios ofrecidos de manera competitiva y al apoyo a usuarios. En tanto, las FCT financiadas deberán comprometerse al uso del Sistema de Gestión de Turnos (SGT) cuyo objetivo es gestionar información para el seguimiento del uso de las facilidades, tanto en el centro como por otros usuarios.
- Plan Estratégico: deberán contar con un Plan Estratégico cuatrienal revisado periódicamente, que establecerá los objetivos, estrategias y recursos relacionados con su uso.
- Producción y Rendimiento: la producción y el rendimiento de la FCT debe ser proporcional al coste y tamaño de la instalación. Cada FCT deberá mantener, a través de un repositorio institucional propio o compartido, un Registro de Actuaciones de I+D+i que incluya todos los accesos ofrecidos, proyectos y
actividades realizadas, y los resultados de I+D+i alcanzados gracias al uso de la instalación (publicaciones, datos, etc.).
1.4 Tipos de financiamiento:
Se financiarán proyectos destinados a:
- Diseño, construcción e instalación de una nueva FCT.
- Actualización (upgrade) de una FCT ya operativa (se excluyen gastos de mantenimiento y funcionamiento).
2. CONFORMACIÓN INSTITUCIONAL
Las FCTs deberán estar constituidos por al menos TRES (3) instituciones públicas representadas en el Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICyT). Asimismo, podrán incorporarse adicionalmente organismos públicos provinciales de ciencia y tecnología, gobiernos locales provinciales o municipales, empresas nacionales con participación estatal y entes regulatorios.
3. CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL
Las instituciones participantes se comprometen a firmar un convenio de cooperación interinstitucional, como condición previa al primer desembolso.
4. DURACIÓN
La ejecución de cada proyecto deberá realizarse en un plazo máximo de TRES (3) años.
5. MONTO MÁXIMO
Se financiará hasta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del monto total del proyecto.
El monto MÁXIMO por proyecto que se podrá solicitar al MINCYT, será equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS MIL (U$D 1.500.000.-).
6. PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Las solicitudes podrán presentarse durante todo el año (modalidad ventanilla permanente) y serán evaluadas por la Comisión Asesora del Programa de forma periódica. Podrán convocarse evaluadores/as externos/as, si el proyecto lo requiriera.
La solicitud deberá ser suscripta por las máximas autoridades o representante legal de las instituciones presentantes del proyecto.
6.1 Obtención de los formularios:
Los formularios electrónicos para la presentación de solicitudes pueden obtenerse a través de Internet en:
https://www.argentina.gob.ar/ciencia/sact/facilidades-cientifico-tecnologicas
6.2 Presentación:
La presentación podrá ser remitida por cualquiera de estos canales:
Para las instituciones que cuenten con Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) interoperable con el MINCYT, la propuesta debe ser enviada por el a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE RECURSOS FISICOS (Repartición: DNPRF#MCT. Sector: PRESENTACIONES).
Para las instituciones que NO cuenten con GDE o el mismo no sea interoperable con el MINCYT, la propuesta debe ser enviada vía Trámite a Distancia –TAD “Diligencias sobre Actividades en Ciencia, Tecnología e Innovación”, https://tramitesadistancia.gob.ar
Una vez realizada la presentación formal por cualquiera de las dos vías mencionadas, la propuesta deberá remitirse por correo electrónico a fct@mincyt.gob.ar, indicando en el cuerpo del correo el número de expediente de la presentación.
Las consultas sólo podrán efectuarse por correo electrónico a: fct@mincyt.gob.ar
7. PROCESO DE SELECCIÓN
- Criterios de Admisibilidad:
Solo serán consideradas para establecer su mérito, aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos de admisibilidad que se detallan a continuación:
- Presentación completa de la información requerida en el formulario debidamente firmado por la máxima autoridad o por representante legal de la institución presentante.
- Recepción de la documentación respaldatoria completa y en forma.
- En ningún caso el aporte de la contraparte podrá ser inferior al VEINTE POR CIENTO (20%) del costo total del proyecto.
7.2 Evaluación
Los proyectos que se presenten para solicitar financiamiento en el marco de estas Bases, serán evaluados por la Comisión Asesora del Programa la cual está integrada por personas expertas cuya función principal es la de analizar la viabilidad de los proyectos; de acuerdo al mérito, los objetivos y condiciones de la presente convocatoria.
Criterios para la determinación del mérito.
Para establecer el mérito de la solicitud, la Comisión Asesora tendrá en cuenta la concordancia de los objetivos planteados con los objetivos de la convocatoria:
A) Calidad y pertinencia
- Cumplimiento de las Bases.
- Alineación de las metas planteadas con los objetivos y características, descriptos en el punto 1.
- Consistencia en términos de las capacidades científico-tecnológicas disponibles en la institución y las metas planteadas en el proyecto.
- La calidad técnica del proyecto: concordancia entre los objetivos, las actividades y los resultados previstos en el proyecto.
- El abordaje de objetivos transversales que fortalezcan al SNCTI en su conjunto.
B) Impacto
- Existencia de necesidades sociales, institucionales o productivas –o bien de oportunidades de desarrollo científico-tecnológico- específicas a la que responde la solicitud.
- Impacto de la FCT en la generación de nuevas capacidades de investigación, tecnología o innovación en áreas de frontera para promover el desarrollo de grandes proyectos científicos y tecnológicos.
- Fortalecimiento de las capacidades científico-tecnológicas de la/s institución/es involucradas.
- Complementariedad e impacto en la articulación y vinculación con otros actores del SNCTI.
- Contribución a la federalización del sistema científico, tendiendo al fortalecimiento y distribución equitativa del SNCTI en el territorio nacional.
C) Factibilidad
Recursos humanos calificados –o plan de formación- para la gestión de la facilidad Presencia de un plan de puesta en servicio
Presencia de una estrategia de sostenibilidad de la FCT propuesta.
D) Evaluación económica- financiera
- Racionalidad del presupuesto solicitado.
- Racionalidad del cronograma de actividades.
Asimismo, se solicitará a la Comisión Asesora que se expida respecto a si las presentaciones, durante su desarrollo o a través de los resultados previstos, pueden generar impactos ambientales desfavorables, no respetar las normas de bioética vigentes, ser discriminatorios respecto de etnia, religión o género u orientarse a generar tecnologías o productos bélicos.
7.3 Selección de los Proyectos:
En el dictamen, la Comisión Asesora del Programa emitirá su opinión respecto a cada solicitud con referencia a los criterios de selección detallados anteriormente; y elevará la recomendación a la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL. La
aprobación del subsidio para la ejecución del Proyecto será realizada a través de una resolución.
8. GASTOS PERMITIDOS
Se considerarán gastos elegibles los correspondientes a:
- Equipamiento estratégico (único o múltiple).
- Infraestructura hasta el 20 por ciento del total del proyecto.
- Servicios especializados de instalación.
Los bienes que se financien con recursos de la convocatoria deberán ser originarios de países miembros del BID.
9. RUBRO DE CONTRAPARTE
El aporte de contraparte no podrá ser inferior al 20% del monto total del proyecto.
Se consideran gastos pertinentes aquellos que no estén contemplados en el resto de los rubros elegibles (gastos emergentes, seguros, fletes, servicio técnico, pago de impuestos, gastos de nacionalización de bienes, etc.), así como la financiación parcial de los gastos permitidos y gastos relacionados con el mantenimiento y funcionalidad de los recursos puestos a disposición del proyecto, realizados con fecha posterior a la fecha de la resolución que otorga el beneficio (insumos, sueldo del personal y gastos de mantenimiento, todos ellos asociados al proyecto presentado).
Los fondos aportados en concepto de contraparte no pueden provenir de la misma fuente de financiamiento (MINCyT o ANPCyT).
10. NOTIFICACIÓN
Se notificará a los interesados sobre los resultados de la evaluación de las solicitudes de financiamiento a través de los medios fehacientes, como así también se difundirán los mismos en la web institucional:https://www.argentina.gob.ar/ciencia/sact/facilidades-cientifico-tecnologicas